Artículo XI Solución de controversias | Si alguien la crea, todos moriremos | If Anyone Builds It, Everyone Dies

Artículo XI Solución de controversias

  1. Cualquier Parte («Parte Interesada») podrá plantear sus inquietudes con respecto a la aplicación del presente Tratado, incluidas las inquietudes sobre situaciones ambiguas o el posible incumplimiento por otra Parte («Parte Requerida»). Esto incluye el uso impropio de las Medidas de Protección (artículo XII).
    1. La Parte Interesada notificará su preocupación a la Parte Requerida, comunicándola también al Director General y al Consejo Ejecutivo. La Parte Requerida acusará recibo de esta notificación en un plazo de 36 horas y proporcionará una aclaración en un plazo de 5 días.
  2. Si la cuestión no se resuelve, la Parte Interesada podrá solicitar al Consejo Ejecutivo que le asista para adjudicar y aclarar la cuestión. Esto puede incluir que la Parte Interesada solicite una inspección por denuncia de conformidad con el artículo X.
    1. El Consejo Ejecutivo facilitará la información apropiada de que disponga sobre dicha inquietud.
    2. El Consejo Ejecutivo podrá encargar a la Secretaría Técnica que recopile documentación adicional, convoque sesiones técnicas a puerta cerrada y recomiende medidas de solución.
  3. Si el Consejo Ejecutivo determina que se ha producido una violación del Tratado, podrá tomar medidas para impedir actividades peligrosas de IA o reprender a la Parte Requerida. Estas medidas podrán incluir:
    1. Exigir una supervisión o restricciones adicionales respecto a las actividades de IA.
    2. Exigir la entrega de hardware de IA.
    3. Solicitar sanciones
    4. Recomendar a las Partes la adopción de Medidas de Protección en virtud del artículo XII.

Notas

El objetivo de esta cláusula es incluir un proceso de consulta y aclaración para resolver los problemas que surjan entre los signatarios. Las inspecciones por denuncia proporcionan un mecanismo para garantizar que todas las partes cumplan con las disposiciones del tratado.

Dado el ritmo de innovación de la IA, determinar los incumplimientos en un plazo razonable puede resultar difícil. La función del Consejo Ejecutivo es dirimir cualquier inquietud planteada por cualquiera de las partes. La Secretaría Técnica se encarga de garantizar que las inspecciones sean realizadas por expertos que comprendan las tecnologías de IA de vanguardia. El tratado establece un plazo muy ajustado (medido en horas y días) con la esperanza de que sea lo suficientemente rápido como para que las partes esperen las resoluciones antes de tomar medidas de protección (como se describe en el artículo XII), aunque, por supuesto, este tratado nunca prohíbe a las partes tomar las medidas de protección que consideren necesarias para garantizar su propia seguridad.


Precedentes

Nuestros procedimientos de solución de controversias del artículo XI toman como modelo los artículos IX, XII y XIV de la Convención sobre las Armas Químicas. El artículo IX de la CAQ exige a los signatarios que respondan a las solicitudes de aclaración «lo antes posible, pero, en cualquier caso, diez días después, a más tardar, de haber recibido la solicitud». Dada la rapidez con la que pueden propagarse los avances digitales, hemos elegido un plazo de respuesta de 5 días, pero es posible que incluso esta cifra deba reducirse.

El párrafo 2 de este artículo sigue el modelo del artículo XIV de la CAQ, que permite a su Consejo Ejecutivo «contribuir a la solución de una controversia por los medios que considere adecuados, incluidos el ofrecimiento de sus buenos oficios, el llamamiento a los Estados Parte en una controversia para que inicien el proceso de solución que elijan y la recomendación de un plazo para cualquier procedimiento convenido». Asimismo, se alienta a las partes a que remitan los casos a la Corte Internacional de Justicia, según proceda.

Al igual que en el párrafo 3 de nuestro artículo XI, el artículo XII de la CAQ faculta al Consejo Ejecutivo para recomendar medidas correctivas, incluidas sanciones, «en los casos en que la realización de actividades prohibidas por la presente Convención […] pudiera suponer un perjuicio grave para el objeto y propósito de ésta». Para dar fuerza a esas recomendaciones, el Consejo de la CAQ debe «cometerá la cuestión, incluidas la información y conclusiones pertinentes, a la atención de la Asamblea General y el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas». Las recomendaciones del Consejo Ejecutivo de la AISI de nuestro tratado pueden escalarse de manera similar.